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Legislación › Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.

Artículo 4. Principios informadores de la autorización ambiental integrada.

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Artículo 4. Principios informadores de la autorización ambiental integrada.
1. Al otorgar la autorización ambiental integrada, el órgano competente deberá tener en cuenta que en el funcionamiento de las instalaciones:
a) Se adopten las medidas adecuadas para prevenir la contaminación, particularmente mediante la aplicación de las mejores técnicas disponibles.
b) Se evite fomente la producción prevención en la generación de los residuos o, si esto no fuera posible, en su caso, que éstos se gestionen mediante procedimientos con el orden de valorización, preferentemente mediante prioridad que dispone la jerarquía establecida en el artículo 8 de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, a saber: prevención, preparación para la reutilización, reciclado o reutilización. y otros tipos de valorización, incluida la valorización energética. En el supuesto de que tampoco fuera factible la aplicación de dichos procedimientos, por razones técnicas o económicas, los residuos se eliminarán de forma que se evite o reduzca al máximo su repercusión en el medio ambiente, de acuerdo con la normativa aplicable en la materia. ambiente.
c) Se utilice la energía, el agua, las materias primas y otros recursos de manera eficiente.
d) Se adopten las medidas necesarias para prevenir los accidentes graves y limitar sus consecuencias sobre la salud de las personas y el medio ambiente, de acuerdo con la normativa aplicable.
e) Se establezcan las medidas necesarias para evitar cualquier riesgo de contaminación cuando cese la explotación de la instalación y para que el lugar donde se ubique quede en un estado satisfactorio de acuerdo con la normativa aplicable.
2. Los órganos competentes deberán tener en cuenta los principios anteriores al establecer las condiciones de la autorización ambiental integrada regulada en el Título III de esta Ley.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
13 de junio de 2013 En vigor BOE-A-2013-6270 Leer Qué cambió
3 de julio de 2002 Texto original Leer

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