LexTotal

Legislación › Ley 16/2002, de 1 de julio, de Prevención y Control Integrados de la Contaminación.

Disposición transitoria tercera. Vigencia de los documentos de referencia MTD.

Disposición transitoria tercera. Vigencia de los documentos de referencia MTD.

Hasta que se adopten las decisiones europeas que contengan las primeras conclusiones relativas a las MTD correspondientes a cada uno de los sectores industriales, se aplicarán como tales los documentos de referencia MTD adoptados por la Comisión Europea con anterioridad, excepto para la fijación de valores límite de emisión.

Se añade por el art. 1.29 de la Ley 5/2013, de 11 de junio. BOE-A-2013-6270.

← Disposición transitoria segunda Índice Disposición derogatoria única →