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Legislación › Ley 14/2002, de 10 de junio, de creación del Colegio Profesional de Delineantes de Huesca.

Disposición final primera. Habilitación de desarrollo.

Disposición final primera. Habilitación de desarrollo.

Se faculta al Gobierno de Aragón para aprobar las normas reglamentarias de desarrollo de la presente Ley, quien pondrá todos los medios necesarios para que el Censo de Delineantes de Huesca que se cree goce de la máxima fiabilidad.

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