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Legislación › Ley 8/2002, de 18 de junio, por la que se reconoce como Universidad Privada a la "Universidad Europea Miguel de Cervantes", con sede en Valladolid.

Artículo 3. Autorización para la puesta en funcionamiento de la Universidad.

Artículo 3. Autorización para la puesta en funcionamiento de la Universidad.

La Junta de Castilla y León mediante Acuerdo, a propuesta de la Consejería competente en materia de Universidades, otorgará, a solicitud de la Entidad promotora de la «Universidad Europea Miguel de Cervantes», en un plazo no superior a seis meses, la autorización para la puesta en funcionamiento de la Universidad, previa comprobación de que se han cumplido los compromisos adquiridos por la Entidad titular y han sido homologados por el Gobierno los títulos oficiales que expedirá la misma, de acuerdo con lo previsto en el artículo 35.4 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

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