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Legislación › Real Decreto 1482/2001, de 27 de diciembre, por el que se aprueban los Estatutos generales de los Colegios de Mediadores de Seguros Titulados y de su Consejo General.

Artículo 118. Certificación de acuerdos.

Artículo 118. Certificación de acuerdos.

Los colegiados ante los respectivos Colegios y los Colegios ante el Consejo General y viceversa, podrán pedir al Secretario del Órgano certificación del acuerdo o acuerdos que les afecten o que se pretendan impugnar, según consten en la correspondiente acta.

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