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Legislación › Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico.

Artículo 13. Responsabilidad de los prestadores de los servicios de la sociedad de la información.

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Artículo 13. Responsabilidad de los prestadores de los servicios de la sociedad de la información.
1. Los prestadores de servicios de la sociedad de la información están sujetos a la responsabilidad civil, penal y administrativa establecida con carácter general en el ordenamiento jurídico, sin perjuicio de lo dispuesto en esta Ley.
2. Para determinar la La responsabilidad de los prestadores de servicios por el ejercicio de actividades de intermediación, intermediarios se estará a regirá de acuerdo con lo establecido en los artículos siguientes. el Reglamento (UE) 2022/2065.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
23 de enero de 2025 En vigor BOE-A-2025-1136 Leer Qué cambió
25 de diciembre de 2024 BOE-A-2024-26915 Leer Qué cambió
12 de octubre de 2002 Texto original Leer

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