Legislación › Ley 13/2002, de 21 de junio, de turismo de Cataluña.
Artículo 58. Fianzas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de enero de 2003 y la del 7 de octubre de 2010.
Tachado: lo que se quitó (20 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras).
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Artículo 58. Fianzas.
Las empresas turísticas de mediación están obligadas a constituir la fianza y a cumplir los demás requisitos establecidos por reglamento. (Sin contenido).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de octubre de 2010 En vigor | BOE-A-2010-16139 | Leer | Qué cambió |
| 3 de enero de 2003 | Texto original | Leer |


