Legislación › Ley 4/2002, de 1 de julio, de Cooperación para el Desarrollo.
Artículo 2. Principios rectores de la cooperación para el desarrollo.
Artículo 2. Principios rectores de la cooperación para el desarrollo.
La política riojana de cooperación para el desarrollo, inspirada en la Constitución y el Estatuto de Autonomía, expresa la solidaridad de la sociedad riojana con los países en desarrollo y, especialmente, con los pueblos más desfavorecidos de otras naciones y se basa en un amplio consenso político y social, que garantiza la participación de la sociedad riojana en el establecimiento y ejecución de esta política, de acuerdo con los siguientes principios:
a) El reconocimiento del ser humano en su dimensión individual y colectiva, como protagonista y destinatario último de la cooperación para el desarrollo.
b) La defensa y promoción de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la paz.
c) La defensa y promoción de la democracia y la participación ciudadana en condiciones de igualdad para mujeres y hombres y, en general, la no discriminación por razones de sexo, origen racial o étnico, religión o convicciones, discapacidad, edad u orientación sexual.
d) La necesidad de promover un desarrollo humano global, interdependiente, participativo, sostenible y con equidad de género en todas las naciones.
e) La obligación de los países desarrollados de erradicar la pobreza en el mundo, desde el principio de la corresponsabilidad, a través de políticas de cooperación eficaces y coherentes.
f) La promoción de un crecimiento económico duradero y sostenible de los países, acompañada de medidas que promuevan una redistribución equitativa de la riqueza, para favorecer la mejora de las condiciones de vida y el acceso a los servicios sanitarios, educativos y culturales, así como el bienestar de sus poblaciones.
g) La promoción de la cultura de la paz, basada en el diálogo y superadora de todo tipo de conflictos.
h) El respeto a los modelos de desarrollo social y político de los pueblos con los que se coopere, como responsables de su propio desarrollo, siempre que aquéllos contribuyan al fortalecimiento de la paz, la democracia, los derechos humanos y la justicia social.


