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Legislación › Ley 18/2002, de 5 de julio, de Cooperativas.

Artículo 127. Otras formas de colaboración económica.

Artículo 127. Otras formas de colaboración económica.

En el cumplimiento de su actividad, las cooperativas pueden vincularse a terceras personas mediante los acuerdos, los convenios, los pactos o los contratos que consideren convenientes.

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