Legislación › Ley 18/2002, de 5 de julio, de Cooperativas.
Artículo 127. Otras formas de colaboración económica.
Artículo 127. Otras formas de colaboración económica.
En el cumplimiento de su actividad, las cooperativas pueden vincularse a terceras personas mediante los acuerdos, los convenios, los pactos o los contratos que consideren convenientes.


