Legislación › Ley 18/2002, de 5 de julio, de Cooperativas.
Disposición adicional sexta. Aranceles notariales.
Disposición adicional sexta. Aranceles notariales.
En cuanto a los aranceles notariales en los casos en que la escritura pública o cualquier otro instrumento público notarial es impuesto por la legislación de cooperativas, debe tenerse en cuenta lo establecido por la legislación estatal en cada momento.
Se añade por el art. 57 de la Ley 10/2011, de 29 de diciembre. BOE-A-2012-547.
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