Legislación › Orden AEX/1971/2002, de 12 de julio, por la que se establecen los requisitos y el procedimiento para la obtención del nombramiento de Intérprete Jurado por los Licenciados en Traducción e Interpretación.
Quinto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de agosto de 2002 y la del 16 de noviembre de 2014.
Tachado: lo que se quitó (70 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Quinto.
En lo referente a la expedición del nombramiento y del carné acreditativo, así como a la inscripción de sus titulares en el Registro de Intérpretes Jurados de la Oficina de Interpretación de Lenguas, serán de aplicación, en su integridad, los artículos 7 y 8 de la Orden de este Ministerio de 8 de febrero de 1996, por la que se dictan normas sobre los exámenes para nombramiento de Intérpretes Jurados. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de noviembre de 2014 En vigor | BOE-A-2014-11801 | Leer | Qué cambió |
| 3 de agosto de 2002 | Texto original | Leer |


