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Legislación › Real Decreto 837/2002, de 2 de agosto, por el que se regula la información relativa al consumo de combustible y a las emisiones de CO2 de los turismos nuevos que se pongan a la venta o se ofrezcan en arrendamiento financiero en territorio español.

Artículo 9. Autoridades competentes.

Artículo 9. Autoridades competentes.

El Ministerio de Sanidad y Consumo notificará a la Comisión cuáles son las autoridades competentes de las distintas Comunidades Autónomas, previa consulta a éstas, que resulten responsables de la aplicación y funcionamiento del sistema de información al consumidor que se establece en este Real Decreto.

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