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Legislación › Ley 22/2002, de 12 de julio, de Cofradías de Pescadores.

Artículo 25. Naturaleza.

Artículo 25. Naturaleza.

Las federaciones de cofradías de pescadores tienen personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus finalidades, y disponen de total autonomía en la gestión de sus recursos. Sus actos se someten al derecho privado, salvo aquellos que impliquen el ejercicio de funciones públicas o administrativas, que se sujetan al derecho administrativo.

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