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Legislación › Ley 22/2002, de 12 de julio, de Cofradías de Pescadores.

Artículo 28. Participación de las cofradías de pescadores.

Artículo 28. Participación de las cofradías de pescadores.

Las cofradías de pescadores participan en sus federaciones territoriales proporcionalmente al número de sus miembros. Los estatutos de la federación territorial han de determinar la representatividad de cada cofradía.

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