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Legislación › Ley 22/2002, de 12 de julio, de Cofradías de Pescadores.

Artículo 43. Lonjas.

Artículo 43. Lonjas.

En los procesos que se convoquen para la gestión y el uso de las lonjas pesqueras, se considera como mérito el que los licitadores sean cofradías de pescadores.

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