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Legislación › Ley 6/2002, de 18 de junio, sobre protección de los ecosistemas acuáticos y de regulación de la pesca en aguas continentales.

Artículo 30. Introducción de especies alóctonas.

Artículo 30. Introducción de especies alóctonas.

Se prohíbe la introducción en las aguas de especies alóctonas, salvo las que realice la Consejería competente en materia de aguas continentales en cotos de régimen intensivo, previa evaluación de su impacto ambiental.

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