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Legislación › Real Decreto 1079/2002, de 18 de octubre, por el que se regulan los contenidos máximos de nicotina, alquitrán y monóxido de carbono de los cigarrillos, el etiquetado de los productos del tabaco, así como las medidas relativas a ingredientes y denominaciones de los productos del tabaco.

Artículo 2. Tabaco de uso oral.

Artículo 2. Tabaco de uso oral.

Se prohíbe la puesta en el mercado de tabaco de uso oral, entendiendo por tal el definido en el párrafo d) del artículo 1.

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