Legislación › Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas.
Artículo 1. Naturaleza y adscripción.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 9 de noviembre de 2002 y la del 3 de junio de 2005.
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Artículo 1. Naturaleza y adscripción.
1. El Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas (en adelante, adelante y en acrónimo: acrónimo, CEDEX), conforme a lo establecido en el artículo 60 de la Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas medidas fiscales, administrativas y del orden social, es un Organismo organismo autónomo de los previstos en el artículo 43.1.a) de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, adscrito orgánicamente al Ministerio de Fomento, a través de la Secretaría de Estado General de Infraestructuras, y funcionalmente a los Ministerios de Fomento y de Medio Ambiente en la esfera de sus respectivas competencias.
2. El control de eficacia del CEDEX, que tendrá por finalidad comprobar el grado de cumplimiento de sus objetivos y la adecuada utilización de los recursos asignados, será ejercido por el Ministerio de Fomento, a través del Secretario de Estado General de Infraestructuras, sin perjuicio de las competencias que corresponden en esta materia a la Intervención General de la Administración del Estado.
Se crea una comisión mixta, integrada por dos representantes del Ministerio de Fomento y dos representantes del Ministerio de Medio Ambiente, para asesorar con carácter preceptivo al Secretario General de Infraestructuras sobre el control de eficacia del CEDEX.
3. El CEDEX tiene personalidad jurídica pública diferenciada, patrimonio y tesorería propios, así como autonomía de gestión y plena capacidad jurídica y de obrar, y, dentro de su ámbito competencial, le corresponden las potestades administrativas precisas para el cumplimiento de sus fines, en los términos establecidos en el presente Estatuto, salvo la potestad expropiatoria.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de abril de 2009 En vigor | BOE-A-2009-5313 | Leer | Qué cambió |
| 3 de junio de 2005 | BOE-A-2005-9059 | Leer | Qué cambió |
| 9 de noviembre de 2002 | Texto original | Leer |


