Legislación › Real Decreto 1136/2002, de 31 de octubre, por el que se aprueba el Estatuto del Centro de Estudios y Experimentación de Obras Públicas.
Artículo 7. El Presidente.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 3 de junio de 2005 y la del 1 de abril de 2009.
Tachado: lo que se quitó (2 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras).
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Artículo 7. El Presidente.
1. La presidencia del CEDEX corresponde al Secretario de Estado de Infraestructuras y Planificación y Relaciones Institucionales y es el órgano máximo de dirección del organismo.
2. Son funciones del Presidente: Ostentar la más alta representación institucional del CEDEX, la Presidencia de su Consejo y la dirección estratégica del Organismo ; aprobar el anteproyecto de presupuesto anual del CEDEX y su inventario de bienes y derechos, así como la rendición de cuentas del Organismo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de abril de 2009 En vigor | BOE-A-2009-5313 | Leer | Qué cambió |
| 3 de junio de 2005 | BOE-A-2005-9059 | Leer | Qué cambió |
| 9 de noviembre de 2002 | Texto original | Leer |


