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Legislación › Ley 8/2002, de 21 de octubre, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas.

Disposición adicional primera.

Disposición adicional primera.

Los anuncios que por imperativo de esta Ley deban ser publicados en el «Boletín Oficial del Principado de Asturias» serán gratuitos.

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