Legislación › Ley 17/2001, de 14 de diciembre, de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 41. Composición.
Artículo 41. Composición.
Componen el Consejo de Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de Extremadura:
1. Los Presidentes de las Cámaras Oficiales de Comercio e Industria de la Comunidad Autónoma.
2. Un Vocal designado por cada uno de los Plenos de las Cámaras de entre los miembros de del Comité ejecutivo.
3. Tres representantes de la Administración tutelante.
4. Asimismo, forman parte, con voz y sin voto, los Secretarios de dichas Cámaras.


