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Legislación › Ley 9/2002, de 22 de octubre, de la Reserva Natural Integral de Muniellos.

Artículo 4. Régimen de protección.

Artículo 4. Régimen de protección.

1. En el ámbito de la Reserva está prohibida cualquier actuación consuntiva de sus recursos naturales, pudiendo autorizarse, únicamente, actividades relacionadas con la investigación científica y la educación ambiental, siempre que sean compatibles con la protección del ecosistema de la Reserva.

2. Las actuaciones que se realicen para la conservación, protección, regeneración, recuperación y mejora de los hábitat propios de la Reserva, así como el mantenimiento de sus poblaciones animales y vegetales, sólo podrán ser ejecutadas por la Consejería competente en materia de gestión de los espacios naturales.

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