LexTotal

Legislación › Real Decreto 1245/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Orquesta Nacional de España.

Artículo 22. Rotación de los atriles y actuación de los solistas

Artículo 22. Rotación de los atriles y actuación de los solistas

El Director titular podrá decidir el carácter rotativo de los atriles de la cuerda si lo considera conveniente, así como la actuación de solistas.

← Artículo 21 Índice Artículo 23 →