LexTotal

Legislación › Real Decreto 1245/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento de la Orquesta Nacional de España.

Artículo 3. Funciones.

Artículo 3. Funciones.

Las funciones de la ONE son las siguientes:

a) Contribuir a la difusión y promoción de la música española y universal mediante la realización de conciertos, retransmisiones y grabaciones.

b) Apoyar el acceso a la música sinfónica de todos los sectores de la sociedad, a través de la programación de conciertos didácticos y de divulgación.

c) Contribuir a la recuperación del patrimonio musical español, así como a la difusión de las nuevas creaciones de autores españoles.

d) Fomentar la colaboración de directores y solistas, españoles y extranjeros, para la potenciación y el mejor desarrollo de las cualidades artísticas de la Orquesta.

e) Desarrollar programas de giras por España y el extranjero.

← Artículo 2 Índice Artículo 4 →