Legislación › Real Decreto Legislativo 1/2002, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.
Artículo 28. Aptitud y honorabilidad.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2015 y la del 6 de febrero de 2020.
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Artículo 28. Prestaciones de los planes de pensiones. Aptitud y honorabilidad.
1. Las prestaciones recibidas por los beneficiarios personas que dirijan de un plan manera efectiva las entidades gestoras de pensiones los fondos de pensiones, aquellas que desempeñen funciones clave previstas en esta Ley y, en su caso, las personas o entidades a quienes se integrarán haya externalizado alguna de las funciones clave, deberán cumplir los siguientes requisitos en el desempeño de su base imponible del Impuesto sobre cometido:
a) Requisito de aptitud:
1.º En el caso de las personas que dirijan de manera efectiva la Renta entidad, sus cualificaciones, sus competencias y su experiencia serán idóneas colectivamente para poder garantizar una gestión adecuada y prudente de los fondos de pensiones.
2.º En el caso de las Personas Físicas. personas que realicen funciones clave, sus cualificaciones profesionales, sus conocimientos y su experiencia serán idóneas para desempeñar correctamente sus funciones clave.
b) Requisito de honorabilidad: deberán ser personas íntegras y de buena reputación.
2. Cuando estas prestaciones se materialicen en una percepción única por el capital equivalente, se tratará el importe percibido conforme a A los efectos de lo establecido en esta Ley y en sus disposiciones de desarrollo, se entenderá que ejercen la normativa tributaria. dirección efectiva de una entidad gestora de fondos de pensiones quienes ostenten cargos de administración o dirección, considerándose como tales:
3. En ningún caso a) Los miembros de los órganos colegiados de administración. Podrán desempeñar cargos de administración las rentas percibidas podrán minorarse personas jurídicas, si bien, en las cuantías correspondientes este caso, deberán designar en su representación a una persona física que reúna igualmente los excesos requisitos anteriormente citados.
b) Los directores generales y asimilados, entendiendo por tales todas aquellas personas que ejerzan en la entidad la alta dirección bajo la dependencia directa de su órgano de administración, de comisiones ejecutivas o de consejeros delegados de aquel.
3. Las entidades gestoras de fondos de pensiones comunicarán a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones el nombramiento, cese y sustitución de las contribuciones sobre los límites personas que ejerzan la dirección efectiva de reducción en la base imponible, entidad, bajo cualquier título, y quienes dentro de acuerdo la entidad gestora desempeñen las funciones clave, junto con toda la Ley reguladora información necesaria para evaluar si las personas que, en su caso, se hayan nombrado, cumplen las exigencias de aptitud y honorabilidad. No obstante, la comunicación del Impuesto sobre titular de la Renta función actuarial deberá efectuarla la comisión de las Personas Físicas. control.
4. Las prestaciones satisfechas tendrán Si durante el tratamiento ejercicio de rentas su actividad concurriese en alguna de trabajo las personas a efectos que se refiere este artículo circunstancias que supongan incumplimiento de retenciones, con respecto, en los requisitos de aptitud y honorabilidad, deberá procederse a su caso, sustitución y comunicar esta a lo señalado en el apartado 2 la Dirección General de este artículo. Seguros y Fondos de Pensiones indicando el motivo.
5. En todo caso, las cantidades percibidas Las comunicaciones previstas en los supuestos contemplados este apartado se realizarán en un plazo máximo de quince días hábiles a contar desde el apartado 8 momento del artículo 8, nombramiento, cese o sustitución.
4. Reglamentariamente se sujetarán al régimen fiscal establecido determinarán los supuestos en este artículo para las prestaciones los que se entiende que se cumplen los requisitos de aptitud y honorabilidad de quienes ostentan la dirección efectiva o desempeñan funciones clave, así como los planes requisitos de pensiones. la información que
Téngase en cuentaesta última actualización deberá ser remitida a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones a efectos de evaluar su cumplimiento. La persona titular del apartado 5 establecida por Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital podrá regular el contenido de la disposición final 1.3 información y la documentación acreditativa que deberá remitirse para la evaluación.
La información a remitir a la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones incluirá un certificado de antecedentes penales expedido por la Ley 26/2014, autoridad competente con una antelación no superior a tres meses. Si se trata de 27 personas no residentes en España, en caso de noviembre. BOE-A-2014-12327. entra que en vigor el 1 país respectivo no exista un documento equivalente, deberá incluir una declaración responsable hecha ante una autoridad judicial o administrativa competente o ante notario público en la que afirmen no haber sido condenados en el extranjero por delitos de enero falsedad, violación de 2015. secretos, por blanqueo de capitales, financiación del terrorismo, contra el orden socioeconómico, contra la Hacienda Púbica, contra la Seguridad Social, por malversación de caudales públicos y cualesquiera delitos contra el patrimonio.
Redacción anterior:
5. En todo caso, las cantidades percibidas en las situaciones el caso de desempleo entidades aseguradoras que actúen como gestoras de larga duración y enfermedad grave, contempladas fondos de pensiones, le será de aplicación lo dispuesto en el apartado 8 del artículo 8, se sujetarán al régimen fiscal establecido en este artículo para las prestaciones 38 de los planes la Ley 20/2015, de pensiones. 14 de julio.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 6 de febrero de 2020 En vigor | BOE-A-2020-1651 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2014-12327 | Leer | Qué cambió |
| 14 de diciembre de 2002 | Texto original | Leer |


