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Legislación › Ley 19/2002, de 24 de octubre, de Archivos Públicos de Castilla-La Mancha.

Artículo 29. Diputaciones Provinciales.

Artículo 29. Diputaciones Provinciales.

1. Son competencias de las Diputaciones Provinciales en materia de archivos, además de la gestión de sus propios archivos, la prestación de servicios de asesoramiento técnico y de apoyo económico a los archivos municipales.

2. Son obligaciones de las Diputaciones Provinciales:

a) Presentar ante el Consejo de Archivos, para su informe, los planes de actuación en los archivos municipales.

b) Coordinarse con la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha en todo lo relacionado con la política de archivos y patrimonio documental.

c) Comunicar a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha cuantos datos les sean solicitados en materia de archivos y patrimonio documental.

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