Legislación › Ley 19/2002, de 24 de octubre, de Archivos Públicos de Castilla-La Mancha.
Artículo 48. Definición.
Artículo 48. Definición.
La eliminación de documentos tiene el carácter de un procedimiento especial de las Administraciones Públicas consistente en la exclusión y destrucción física de los documentos como bienes del patrimonio documental. En cualquier caso la documentación custodiada en los archivos públicos no podrá ser destruida mientras posea valor administrativo, jurídico e histórico.


