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Legislación › Real Decreto 1281/2002, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España.

Artículo 46. Régimen especial de los miembros de la Junta de Gobierno.

Artículo 46. Régimen especial de los miembros de la Junta de Gobierno.

Los componentes de las Juntas de Gobierno que así lo soliciten, y durante su mandato, podrán quedar liberados de la obligación de pertenecer a la asistencia jurídica gratuita y al turno de oficio.

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