LexTotal

Legislación › Real Decreto 1281/2002, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Estatuto General de los Procuradores de los Tribunales de España.

Artículo 59. Facultades disciplinarias de la autoridad judicial y corporativa.

Artículo 59. Facultades disciplinarias de la autoridad judicial y corporativa.

1. Los procuradores están, también, sujetos a responsabilidad disciplinaria si infringieren los deberes profesionales que les son específicos.

2. El ejercicio de las facultades disciplinarias que la autoridad judicial tiene sobre los procuradores, se ajustará a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial y en las leyes procesales.

3. Las sanciones disciplinarias de cualquier clase, una vez firmes, se anotarán en el expediente personal del colegiado.

← Artículo 58 Índice Artículo 60 →