Legislación › Ley 25/2002, de 25 de noviembre, de Medidas de apoyo al regreso de los catalanes emigrados y sus descendientes, y de segunda modificación de la Ley 18/1996.
Disposición adicional quinta. Contratación en origen.
Disposición adicional quinta. Contratación en origen.
El Gobierno, mediante la red de intermediación y selección laboral en origen (XILA), en colaboración con los casales catalanes del exterior, ha de facilitar la contratación en origen de las personas que lo deseen y que cumplan los requisitos fijados por la presente Ley para acogerse al Plan de ayuda al regreso o bien que ya disfruten de la condición de regresadas.
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