Legislación › Ley 25/2002, de 25 de noviembre, de Medidas de apoyo al regreso de los catalanes emigrados y sus descendientes, y de segunda modificación de la Ley 18/1996.
Disposición adicional tercera. Acceso a las convocatorias de vivienda social.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 25 de diciembre de 2002 y la del 31 de diciembre de 2011.
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Disposición adicional tercera. Acceso a las convocatorias de vivienda social.
El Gobierno ha de incorporar la figura de persona regresada, definida por la presente Ley, al Decreto 195/2001, de 10 de julio, sobre el procedimiento de adjudicación de viviendas promovidas por la Generalidad de Cataluña, a fin de que dicha condición sea un elemento de valoración en los baremos de acceso a las convocatorias de vivienda social. (Derogada).
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de diciembre de 2011 En vigor | BOE-A-2012-547 | Leer | Qué cambió |
| 25 de diciembre de 2002 | Texto original | Leer |
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