Legislación › Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Artículo 121. Modificación de la Ley 15/2002, de 1 de julio, por la que se declara el Parque Nacional marítimo-terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia.
Artículo 121. Modificación de la Ley 15/2002, de 1 de julio, por la que se declara el Parque Nacional marítimo-terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia.
El apartado 2 «Archipiélago de las Islas Ons y Onza» del anexo de la Ley 15/2002, de 1 de julio, por la que se declara el Parque Nacional marítimo-terrestre de las Islas Atlánticas de Galicia queda redactado en los siguientes términos:
«El espacio marítimo-terrestre poligonal, configurado por los siguientes vértices:
Archipiélago de Ons y Onza
|
Punto |
Denominación |
X |
Y |
|
1 |
Punta Centolo (NE). |
506.776 |
4.694.993 |
|
2 |
Bajos de los Camoucos (E). |
507.742 |
4.693.313 |
|
3 |
Bajos Laxiña de Galera (SE). |
506.129 |
4.687.525 |
|
4 |
Bajo Menguella (S). |
503.943 |
4.685.855 |
|
5 |
Bajo Cabeza del Rico (O). |
503.233 |
4.691.413 |
|
6 |
Bajos de Bastián de Val (NO). |
505.124 |
4.695.307 |
que rodea las Islas de Ons y Onza, e islotes adyacentes. Dicho archipiélago está ubicado en la entrada de la ría de Pontevedra, término municipal de Bueu, y comprende una superficie de 2.171 hectáreas marítimas y 470 hectáreas terrestres.»


