Legislación › Ley 53/2002, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social.
Artículo 54. Creación de la escala de agentes medioambientales de Parques nacionales.
Artículo 54. Creación de la escala de agentes medioambientales de Parques nacionales.
Al objeto de instrumentar administrativamente la consecución de los fines de la Ley 4/1989, de 4 de agosto, de conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres, modificada por la Ley 41/1997, de 5 de noviembre, se crea la escala de agentes medioambientales de Parques nacionales, que se adscribe orgánicamente al Ministerio de Medio Ambiente, quedando clasificada en el grupo C de los establecidos en el artículo 25 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la reforma de la Función Pública. Los funcionarios que pertenezcan a la citada escala tendrán el carácter de agentes de la autoridad en el desempeño de sus funciones.


