Legislación › Real Decreto 164/2002, de 8 de febrero, por el que se aprueba el Estatuto de la entidad pública empresarial Red.es.
Artículo 20. Director del Observatorio.
Artículo 20. Director del Observatorio.
El Director del Observatorio, será nombrado y cesado por el Consejo de Administración a propuesta de su Presidente.
El Director del Observatorio de las Telecomunicaciones y de la Sociedad de la Información tendrá el rango de Director de departamento dentro de Red.es.


