Legislación › Real Decreto 212/2002, de 22 de febrero, por el que se regulan las emisiones sonoras en el entorno debidas a determinadas máquinas de uso al aire libre.
Artículo 11. Máquinas sujetas a límites de potencia acústica.
Artículo 11. Máquinas sujetas a límites de potencia acústica.
El nivel de potencia acústica garantizado de las máquinas que figuran en el anexo XI no superará el nivel de potencia acústica admisible establecido en el cuadro de valores contenido en dicho anexo.


