Legislación › Ley 15/2001, de 27 de diciembre, de Renta Mínima de Inserción en la Comunidad de Madrid.
Artículo 37. Atención prioritaria.
Artículo 37. Atención prioritaria.
La Comunidad de Madrid incluirá a los perceptores de Renta Mínima de Inserción entre las poblaciones de atención prioritaria de los planes de empleo y formación ocupacional, salud, compensación educativa, educación de personas adultas y vivienda, en la forma que reglamentariamente se determine.


