Legislación › Real Decreto 231/2002, de 1 de marzo, por el que se regula el Registro Central de Rebeldes Civiles.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Disposición final primera. Facultades de desarrollo.
Se autoriza al Ministro de Justicia para que adopte las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución del presente Real Decreto.
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