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Real Decreto 287/2002, de 22 de marzo, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
En vigor Ministerio de la Presidencia · Publicada el 27 de marzo de 2002 · Último cambio el 12 de diciembre de 2007 · Ver en el BOE
Índice
- Preámbulo
- Artículo 1. Objeto.
- Artículo 2. Animales de la especie canina potencialmente peligrosos. 2 redacciones · cambió el 12/12/2007
- Artículo 3. Licencia para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.
- Artículo 4. Certificado de capacidad física.
- Artículo 5. Certificado de aptitud psicológica.
- Artículo 6. Centros de reconocimiento.
- Artículo 7. Vigencia de los informes de capacidad física y de aptitud psicológica.
- Artículo 8. Medidas de seguridad.
- Artículo 9. Identificación de los animales potencialmente peligrosos de la especie canina.
- Disposición adicional primera. Normativa aplicable.
- Disposición adicional segunda. Solicitud de licencia en los casos del apartado 2 del artículo 2.
- Disposición transitoria única. Plazo de solicitud de licencia.
- Disposición final primera. Título competencial.
- Disposición final segunda. Facultad de desarrollo.
- Disposición final tercera. Entrada en vigor.
- Firma
- ANEXO I
- ANEXO II


