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Legislación › Ley 1/2002, de 26 de febrero, del Comercio de Cantabria.

Artículo 51. Responsabilidad.

Artículo 51. Responsabilidad.

En el caso de que las máquinas de venta estén instaladas en un local destinado al desarrollo de una empresa o actividad privada, los titulares de la misma responderán solidariamente con el de la propia máquina frente al comprador del cumplimiento de las obligaciones derivadas de la venta automática.

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