Legislación › Real Decreto 261/2002, de 8 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación.
Artículo 37. Acuerdos de la Junta de Gobierno.
Artículo 37. Acuerdos de la Junta de Gobierno.
Los acuerdos serán tomados por unanimidad o por mayoría de votos, siendo válidos cuando el número de asistentes sea al menos de siete, decidiendo en caso de empate el voto del Decano-Presidente; en su defecto, el del Vicedecano, y, en ausencia de ambos, el del miembro de la Junta en quien aquél hubiese delegado.


