Legislación › Real Decreto 261/2002, de 8 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación.
Artículo 62. Patrimonio del Colegio.
Artículo 62. Patrimonio del Colegio.
El patrimonio del Colegio es único, aunque el uso de sus bienes puede estar adscrito a los órganos generales o a las Demarcaciones territoriales.


