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Legislación › Real Decreto 261/2002, de 8 de marzo, por el que se aprueban los Estatutos Generales del Colegio Oficial de Ingenieros de Telecomunicación.

Artículo 65. Administración del presupuesto.

Artículo 65. Administración del presupuesto.

La administración del presupuesto de los órganos, servicios generales e instituciones estará a cargo de la Junta de Gobierno, y el de cada Demarcación territorial a cargo de su Junta de Gobierno Territorial. El saldo remanente anual de una Demarcación territorial será acumulable a ejercicios siguientes, formando parte de su presupuesto particular.

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