Legislación › Instrucción de 20 de marzo de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en materia de recepción y despacho de solicitudes de certificaciones en los Registros civiles por vía telemática.
Octava. Presentación de solicitudes de certificación por telefax.
Octava. Presentación de solicitudes de certificación por telefax.
Las reglas anteriores serán aplicables analógicamente en los casos de presentación de solicitudes de certificación registral por medio de telefax, tanto en los Registros civiles informatizados como en aquellos otros que todavía no se han incorporado a dicho proceso de informatización pero que han sido dotados con equipos de comunicación mediante telefax.


