Legislación › Orden CTE/23/2002, de 11 de enero, por la que se establecen condiciones para la presentación de determinados estudios y certificaciones por operadores de servicios de radiocomunicaciones.
Noveno. Entrada en vigor.
Noveno. Entrada en vigor.
La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Se renumera por el art. único.2 de la Orden ITC/749/2010, de 17 de marzo. BOE-A-2010-5032.
Su anterior numeración era apartado 8.


