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Legislación › Real Decreto 329/2002, de 5 de abril, por el que se aprueba el Plan Nacional de Regadíos.

Disposición transitoria primera. Ejecución de obras por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Disposición transitoria primera. Ejecución de obras por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Las obras cuya ejecución corresponda al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en virtud de disposiciones legales vigentes, se continuarán ejecutando conforme a dichas disposiciones.

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