Legislación › Real Decreto 329/2002, de 5 de abril, por el que se aprueba el Plan Nacional de Regadíos.
Disposición transitoria primera. Ejecución de obras por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Disposición transitoria primera. Ejecución de obras por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
Las obras cuya ejecución corresponda al Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación en virtud de disposiciones legales vigentes, se continuarán ejecutando conforme a dichas disposiciones.


