Legislación › Ley 7/2001, de 19 de diciembre, de Ordenación Farmacéutica de Cantabria.
Artículo 15. Libertad de elección.
Artículo 15. Libertad de elección.
Todos los ciudadanos tienen derecho a la libre elección de oficina de farmacia, así como a la asistencia y al asesoramiento del profesional farmacéutico con las debidas garantías de confidencialidad y privacidad para el usuario.


