Legislación › Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 30. Cuotas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2002 y la del 1 de enero de 2007.
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Artículo 30. Cuotas.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:
1. Pruebas selectivas de acceso a Cuerpos o Escalas de funcionarios:
a) Grupo A: 4.100 pesetas (24,64).
b) Grupo B: 3.405 pesetas (20,46).
c) Grupo C: 2.040 pesetas (12,26).
d) Grupo D: 1.365 pesetas (8,20).
2. Pruebas selectivas de acceso a las categorías del personal laboral:
a) Grupo I: 2.355 pesetas (14,15).
b) Grupo II: 1.570 pesetas (9,44).
c) Grupos III y IV: 1.185 pesetas (7,12).
d) Grupos V y VI: 765 pesetas (4,60).
3. Pruebas selectivas de acceso a categorías de personal estatutario, en virtud del título exigido para su ingreso y de conformidad con la clasificación regulada en los artículos 6 y 7 de la Ley 55/2003, de 16 de diciembre, del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud:
a) Licenciados con título de especialista en Ciencias de la Salud, licenciados sanitarios y licenciados universitarios o personal con título equivalente: 27,30 euros.
b) Diplomados con título de especialista en Ciencias de la Salud, diplomados sanitarios y diplomados universitarios o personal con título equivalente: 22,70 euros.
c) Técnicos superiores o personal con título equivalente: 13,65 euros.
d) Técnicos o personal con título equivalente: 9,15 euros.
e) Otro personal: 8 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 15 de mayo de 2024 En vigor | BOE-A-2024-14546 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2007 | BOE-A-2007-2827 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2002 | Texto original | Leer |


