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Legislación › Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.

Artículo 81. Cuotas.

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Artículo 81. Cuotas.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas:
1. Prestación de Servicios relacionados con los Planes de Vacunación y Tratamiento sanitario obligatorio:
Canina y Felina: por animal 1.35 €
2. Prestación de
servicios de diagnóstico, análisis y dictamen no exigidos por la legislación vigente a petición de parte. parte:
a) Análisis físico-químicos:
1.º
Por cada animal: determinación: 3 euros.
Ovino 1 €. 2.º Máximo para varias determinaciones en una única muestra: 24,15 euros.
Porcino b) Análisis microbiológicos:
1.º Aislamiento o identificación (por muestra): 20 euros.
2.º Análisis bacteriológico (por muestra): 15 euros.
3.º Determinación de antibiogramas (por muestra): 5 euros.
c) Análisis parasitológicos (por muestra):
2 €. euros.
d) Análisis serológicos (por determinación):
1.º Ovino/caprino: 1,30 euros.
2.º Porcino: 2,30 euros.
3.º Bovino: 5,75 euros.
4.º Equino: 8 euros.
5.º Otras especies: 2,30 euros.
e) Diagnóstico molecular (PCR convencional y PCR tiempo real): 20 euros.
f) Necropsias:
1.º
Bovino 5 €. y equino: 25 euros.
3. 2.º Porcino, ovino, caprino, cánidos y félidos: 20 euros.
3.º Aves y lagomorfos: 10 euros.
4.º Otras especies: 10 euros.
g) Otras analíticas laboratoriales no especificadas (por muestra): 6 euros.
h) Intradermotuberculinización:
1.º Bovina: 5,75 euros.
2.º Caprina: 2,50 euros.
i) Otros servicios de dictamen no especificados: 6 euros.
2.
Expedición de documentación necesaria para el transporte y circulación de animales:
a) Talonarios de documentos de control de movimiento pecuario: 3,35 €.
b) Guías de Origen y Sanidad Animal: las cantidades que se detallan a continuación según la especie de que se trate:
Bovino y equino: 0,50 € por cada animal
Porcino (sacrificio y reproducción): 0,13 € por cada animal.
Porcino (de cría): 0,06 € por cada animal.
Ovino y Caprino: 0,06 € por cada animal.
Aves y conejos: 0,15 € por cada centenar o fracción.
Polluelos: 0,05 € por cada centenar o fracción.
Huevos para incubar: 0,12 € por cada millar.
Colmenas: 0,05 € por cada unidad.
c) Certificado sanitario de intercambios intracomunitarios o con países terceros: 30,20 € por cada certificado.
Si se precisasen varios certificados, por ser varios los destinos o los medios de transporte, además de la cantidad anterior se aplicará la cuota determinada en el apartado 3.b teniendo en cuenta el número de animales que ampare cada certificado.
Por la analítica que sea precisa para expedir la certificación se devengará la cuota correspondiente determinada en el apartado 2 de este artículo.
d) Documentos especiales para el movimiento de animales: 3,35 €.
e) Expedición o revisión de Documento Sanitario y de Identificación Individual: 3,45 €.
4. 3. Actualización de la documentación y expedición de certificados de las explotaciones ganaderas no obligatoria a petición del interesado: 6 €.
5. 4. Realización de inspecciones y controles voluntarios a petición de parte: 15 €.
6. 5. Identificación de ganado bovino, ovino y caprino:
Especie bovina:
Por suministro de material de identificación (crotal y DI) o reexpedición del documento de identificación por alta en nueva explotación: 0,31 €.
Por suministro de material para recrotalización: 0,61 €.
Por expedición de duplicados de documentos de identificación: 3,35 €.
Especie ovina y caprina:
Por suministro de material de identificación (Bolo y crotal): 0,50 €.
Por suministro de material para reidentificación (bolo o crotal) por cada elemento: 0,20 €.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
1 de enero de 2015 En vigor BOE-A-2015-1117 Leer Qué cambió
1 de enero de 2007 BOE-A-2007-2827 Leer Qué cambió
1 de enero de 2006 BOE-A-2006-1183 Leer Qué cambió
1 de enero de 2003 BOE-A-2003-1918 Leer Qué cambió
1 de enero de 2002 Texto original Leer

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