Legislación › Ley 12/2001, de 20 de diciembre, de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Castilla y León.
Artículo 92. Cuotas.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 1 de enero de 2002 y la del 1 de enero de 2004.
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Artículo 92. Cuotas.
La tasa se exigirá de acuerdo con las siguientes cuotas: 1. Licencias anuales de caza: caza.
Clase A. Para A: para cazar con armas de fuego o y cualquier otro procedimiento autorizado: que no requiera autorización especial.
A.1 Cazadores españoles, nacionales de otros países integrados en la Unión Europea y otros extranjeros residentes: 3.660 pesetas (22,00). 22,90 euros.
A.2 Cazadores extranjeros no residentes (excepto nacionales de países integrados en la Unión Europea): 7.325 pesetas (44,02). 45,80 euros.
Clase B. Para practicar la caza con galgo: B: para cazar sin arma de fuego mediante cualquier procedimiento que no requiera autorización especial.
B.1 Cazadores españoles, nacionales de otros países integrados en la Unión Europea y otros extranjeros residentes: 1.220 pesetas (7,33). 7,65 euros.
B.2 Cazadores extranjeros no residentes (excepto nacionales de países integrados en la Unión Europea): 2.445 pesetas (14,69). 15,30 euros.
Clase C. Licencias especiales: Especiales.
C.1 Para poseer conducir una rehala con fines de caza: 24.420 pesetas (146,77). 152,70 euros.
C.2 Para cazar por cualquier procedimiento que requiera una autorización específica: 3.660 pesetas (22,00). 22,90 euros.
2. Matrícula de cotos privados de caza y cotos federativos: la cuota anual de matriculación se calculará en función del número de hectáreas de terreno acotado y del grupo correspondiente en relación con su posibilidad cinegética media:
La
Grupo I: 10,81 pesetas (0,064969)/hectárea. 0,07 euros/hectárea.
Grupo II: 22,08 pesetas (0,132703)/hectárea. 0,14 euros/hectárea.
Grupo III: 40,77 pesetas (0,245033)/hectárea. 0,26 euros/hectárea.
Grupo IV: 67,95 pesetas (0,408388)/hectárea. 0,43 euros/hectárea.
3. Examen del cazador:
Derechos de examen (válido para dos convocatorias): 5.000 pesetas (30,05). 31,25 euros.
Certificado de aptitud: 1.000 pesetas (6,01). 6,25 euros.
4. Especialista en control de predadores:
Derechos de examen (válido para dos convocatorias): 10.000 pesetas (60,10). 62,55 euros.
Certificado de especialista: 1.000 pesetas (6,01). aptitud: 6,25 euros.
5. Autorizaciones y permisos especiales en materia de caza: caza.
a) Tramitación de autorización de montería: 5.000 pesetas (30,05). Constitución o renovación de zonas de adiestramiento de perros y prácticas de cetrería:
b) Tramitación de autorización de batida: 2.500 pesetas (15,03).
c) Tramitación de gancho: 1.500 pesetas (9,02).
d) Tramitación de autorización de aguardos y esperas: 1.500 pesetas (9,02).
e)7.000 pesetas (42,07). 43,75 euros.
f) b) Tramitación de autorización de traslado y suelta de piezas de caza viva: 2.500 pesetas (15,03). 15,65 euros.
g) c) Tramitación de declaración de zonas de seguridad: 10.000 pesetas (60,10). 62,55 euros.
h) d) Tramitación de autorizaciones de caza en zonas de seguridad: 10.000 pesetas (60,10). 62,55 euros.
i) e) Tramitación de autorización de tenencia de piezas de caza menor en cautividad: 1.000 pesetas (6,01). 6,30 euros.
j) f) Tramitación de autorización de tenencia de piezas de caza mayor en cautividad: 5.000 pesetas (30,05). 31,25 euros.
k) g) Tramitación de autorización de tenencia y uso de hurones: 2.500 pesetas (15,03). 15,65 euros.
6. Cotos privados y federativos de caza:
a) Tramitación de expediente expedientes de constitución o de adaptación adecuación de coto de caza: 20.000 pesetas (120,20). 125,05 euros.
b) Tramitación de expedientes de ampliación, de segregación, de cambio de titularidad y de prórroga de coto de caza: 10.000 pesetas (60,10). 62,55 euros.
7. Granjas cinegéticas:
a) Tramitación de expedientes de autorización: 30.000 pesetas (180,30). autorización o renovación: 187,60 euros.
b) Modificación sustancial de las instalaciones o de los objetos de producción: 15.000 pesetas (90,15). 93,80 euros.
c) Inspección de funcionamiento: 10.000 pesetas (60,10). 62,55 euros.
d) Tramitación de expediente de cambio de titularidad: 5.000 pesetas (30,05). 31,25 euros.
8. Cotos industriales (tramitación industriales: Tramitación de expediente de autorización): 20.000 pesetas (120,20). autorización o renovación: 125,05 euros.
9. Cotos intensivos (tramitación intensivos: Tramitación de expediente de autorización): 20.000 pesetas (120,20). autorización o renovación: 125,05 euros.
10. Palomares industriales (tramitación industriales: Tramitación de expediente de autorización): 2.500 pesetas (15,03). autorización o renovación: 15,65 euros.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 7 de marzo de 2023 En vigor | BOE-A-2023-6456 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2015 | BOE-A-2015-1117 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2014 | BOE-A-2014-839 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2013 | BOE-A-2013-665 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2010 | BOE-A-2010-564 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2006 | BOE-A-2006-1183 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2004 | BOE-A-2004-806 | Leer | Qué cambió |
| 1 de enero de 2002 | Texto original | Leer |


