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Legislación › Ley 2/2002, de 29 de abril, de Saneamiento y Depuración de las Aguas Residuales de la Comunidad Autónoma de Cantabria.

Artículo 2. Normativa aplicable.

Artículo 2. Normativa aplicable.

1. El Ente se rige por su Ley de creación, por lo dispuesto en la Ley de Cantabria 4/1999, de 24 de marzo, reguladora de los Organismos Públicos de la Comunidad Autónoma de Cantabria, por el presente Estatuto y demás disposiciones generales que le sean de aplicación.

2. Contra los actos y resoluciones dictados por los órganos del Ente procederá recurso de alzada ante el Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

3. El Presidente del Ente resolverá las reclamaciones previas al ejercicio de las acciones civiles y laborales.

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